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Denominaciónes de Origen -
Para garantizar la procedencia y la una calidad homog énea de los productos agroalimentarios, surgen en Europa unas figuras de protección, las denominaciones de origen, cuya normativa se ha unificado en todo el continente.
Así, una Denominación de Origen (DO) puede amparar a productos de una región o lugar determinado, que sirve para identificar un producto de dicha zona, cuyas características se deben fundamentalmente al medio geográfico, con sus factores naturales y humanos, y cuya producción, transformación y elaboración se realicen en dicha zona.
En otras palabras, es una calificación que se emplea para proteger legalmente ciertos alimentos que se producen en una zona determinada, contra productores de otras zonas que quisieran aprovechar el buen nombre que han creado los originales, en un largo tiempo de fabricación o cultivo.
Los productores que se acogen a la denominación de origen, se comprometen a mantener la calidad lo más alta posible y a mantener también ciertos usos tradicionales en la producción, como por ejemplo, en el caso del vino, en ciertas zonas se exige utilizar la uva tradicional de la zona. Asimismo, suele existir un organismo público regulador de la denominación de origen, que autoriza exhibir el distintivo a los productores de la zona que cumplen las reglas.
La ventaja fundamental de la denominación de origen es que garantiza al consumidor un nivel de calidad más o menos constante y unas características específicas. A cambio, los productores obtienen una protección legal contra la producción o elaboración de tales productos en otras zonas, aunque se utilicen los mismos ingredientes y procedimientos, que les permite influir sobre el precio final de éstos. También se señala que esta figura fomenta la organización del sector productivo y facilita el acceso de productores a mercados nacionales e internacionales. |
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Denominación de Origen Protegida
Protected Designation of Origin |
La sigla DOP designa el nombre de un producto cuya producción, transformación y elaboración deben realizarse en una zona geográfica determinada, con unos conocimientos específicos reconocidos y comprobados.
A PDO (Protected Designation of Origin) covers the term used to describe foodstuffs which are produced, processed and prepared in a given geographical area using recognised know how.
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Indicación Geográfica Protegida
Protected Geographical Indication |
Aquí, el vínculo con el medio geográfico sigue presente en al menos una de las etapas de la producción, de la transformación o de la elaboración. Además, el producto se puede beneficiar de una buena reputación.
In this case, the geographical link must occur in at least one of the stages of production, processing or preparation. Furthermore, the product can benefit from a good reputation.
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Cambio de etiquetado de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e (IGP)
El pasado 3 de julio 2008 La Comisión Europea ha cambiado el Reglamento que afecta al etiquetado de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de productos alimentarios.
Con este reglamento se busca estimular la utilización de estos símbolos, que hasta ahora presentaban características comunes en forma, color y diseño (sólo se distinguían por la leyenda que figuraba en su interior). Se trata de que los consumidores diferencien entre denominación de origen protegida e indicación geográfica protegida, para lo cual se utilizarán colores diferentes.
El logo de la Denominación de Origen Protegida será creado en cuatricomía con un 100 por ciento de magenta y un 80 por ciento de amarillo por un lado, y un 10 por ciento de magenta y un 90 por ciento de amarillo por otro; y el símbolo para la Indicación Geográfica Protegida, también en cuatricomía, con un 100 por cien de azul cyan y un 80 por ciento de amarillo por un lado, y un 10 por ciento de magenta y un 90 por ciento de amarillo por el otro.
El cambio en todos los productos deberá ser efectivo antes del 1 de mayo de 2010.
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Denominación de Origen Protegida (DOP) / Indicación Geográfica Protegida (IGP) España
Aceites y grasas / aceites de oliva
Aceite de La Rioja
Aceite de Mallorca/Aceite mallorquín/Oli de Mallorca/Oli mallorquí
Aceite de Terra/Oli de Terra Alta
Aceite del Bajo Aragón
Aceite Monterrubio
Antequera
Baena
Gata-Hurdes
Les Garrigues
Mantequilla de l'Alt Urgell y la Cerdanya o Mantega de l'Alt Urgell i la Cerdanya
Mantequilla de Soria
Montes de Granada
Montes de Toledo
Poniente de Granada
Priego de Córdoba
Sierra de Cádiz
Sierra de Cazorla
Sierra de Segura
Sierra Mágina
Siurana
Carne fresca (y despojos)
Carne de Ávila
Carne de Cantabria
Carne de la Sierra de Guadarrama
Carne de Morucha de Salamanca
Carne de Vacuno del País o Euskal Okela
Cordero Manchego
Lechazo de Castilla y León
Pollo y capón del Prat
Ternasco de Aragón
Ternera Asturiana
Ternera de Extremadura
Ternera de Navarra/Nafarroaka Aratxea
Ternera Gallega
Frutas, verduras y cereales
Alcachofa de Benicarló o Carxofa de Benicarló
Alcachofa de Tudela
Arroz de Valencia o Arròs de València
Arroz del Delta del Ebro
Avellana de Reus
Berenjena de Almagro
Calasparra
Calçot de Valls
Cerezas de la Montaña de Alicante
Cítricos Valencianos o Cítrics Valencians
Chufa de Valencia
Clementinas de las Tierras del Ebro o Clementines de les Terres de l'Ebre
Coliflor de Calahorra
Espárrago de Huétor-Tájar
Espárrago de Navarra
Faba Asturiana
Judías de El Barco de Ávila
Kaki Ribera del Xuquer
Lenteja de La Armuña
Manzana de Girona o Poma de Girona
Manzana Reineta del Bierzo
Melocotón de Calanda
Nísperos Callosa d’En Sarriá
Pataca de Galicia or Patata de Galicia
Patatas de Prades or Patates de Prades
Pera de Jumilla
Peras de Rincón de Soto
Pimiento Asado del Bierzo
Pimientos del Piquillo de Lodosa
Pimiento Riojano
Uva de mesa embolsada "Vinalopó"
Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos diversos, excepto mantequilla, etc.)
Miel de Galicia or Mel de Galicia
Miel de Granada
Miel de La Alcarria
Otros productos del anexo I (especias, etc.)
Azafrán de la Mancha
Pimentón de la Vera
Pimentón de Murcia
Sidra de Asturias
Pan, pastelería, bizcochos, golosinas, pasteles y otros productos de panadería
Alfajor de Medina Sidonia
Ensaimada de Mallorca o Ensaimada mallorquina
Jijona
Mantecadas de Astorga
Pan de Cea
Turrón de Agramunt o Torró d'Agramunt
Turrón de Alicante
Pescados, moluscos, crustáceos frescos y productos a base de ellos
Mejillón de Galicia
Productos a base de carnes
Botillo del Bierzo
Cecina de León
Dehesa de Extremadura
Guijuelo
Jamón de Huelva
Jamón de Teruel
Jamón de Trevélez
Lacón Gallego
Salchichón de Vic o Llonganissa de Vic
Sobrasada de Mallorca
Quesos
Cabrales
Idiazábal
Mahón
Picón Bejes-Tresviso
Queso de Cantabria
Queso de l'Alt Urgell y la Cerdanya
Queso de Murcia
Queso de Murcia al vino
Queso de Valdeón
Queso Ibores
Queso Majorero
Queso Manchego
Queso Nata de Cantabria
Queso Palmero o Queso de la Palma
Queso Tetilla
Queso Zamorano
Quesucos de Liébana
Roncal
Torta del Casar
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Productos cubiertos por los reglamentos (CEE) n° 510/06 y (CEE) n° 509/06
Carne fresca (y despojos)
Productos a base de carne (calentada, salada, ahumada, etc.)
Quesos
Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos diversos, excepto mantequilla, etc.)
Materias grasas (mantequilla, margarina, aceites, etc.)
Frutas, hortalizas, cereales en estado natural o transformados
Pescados, moluscos, crustáceos frescos y productos a base de ...
Cervezas
Bebidas a base de extractos de plantas
Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería
Otros productos agrícolas
Productos cubiertos solamente por el reglamento (CEE) n° 510/06
Aguas minerales naturales y aguas de manantial
Gomas y resinas naturales
Aceites esenciales
Heno
Corcho
Cochinilla (producto bruto de origen animal)
Productos cubiertos solamente por el reglamento (CEE) n° 509/06
Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao
Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas
Platos compuestos
Salsas sazonadoras preparadas
Potajes o caldos
Helados y sorbetes
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